

Ley 25.559 - Agencias de Viaje Turísticos
Ley 25.065 - Tarjetas de Crédito
Ley 24.240 - Defensa del Consumidor
Resolución 2/2005- Defensa del consumidor - Exhibición de precios de bienes y servicios
Resolución 490/97 - Reglamento General de Clientes de los Servicios de Comunicaciones
Anexo II - Catálogo de Prestaciones.
Anexo III - Formulario Terapéutico
Anexo V - Listado de Medicamentos de Excepción con recomendaciones de uso
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Oficina Municipal de Información al Consumidor
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En caso de duda acerca de la aplicación de una disposición de la normativa de defensa del consumidor, se decidirá siempre la interpretación que sea más favorable para el consumidor.
El consumidor o usuario tendrá derecho a estar informado de manera cierta y objetiva sobre las características esenciales de las cosas o servicios que obtenga.
En los productos alimenticios es importante leer todo lo que dicen las etiquetas al igual que en las telas y artículos de confección. Se debe también pedir manuales de uso, catálogos e instrucciones al vendedor. Es obligatorio que nos informen sobre los sistemas de pago, interés o recargos en las compras a crédito, debiéndose procurar en todos los casos que queden por escrito.
La protección del consumidor significa que las cosas o servicios deben ser suministrados de manera tal que, utilizados en condiciones normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física.
Vender productos defectuosos o en mal estado se encuentra penado por la ley de Defensa del Consumidor, siendo obligatorio para los proveedores:
Al adquirir productos durables (electrodomésticos, muebles, ropa, etc.) el consumidor goza de una garantía legal por cualquier defecto que impida que el producto sea utilizable.
La garantía legal tendrá vigencia por tres meses a partir de la entrega al comprador.
En caso de que el producto requiera reparaciones, el transporte al taller o fábrica deberá ser realizado por el responsable de las garantías y los gastos de flete y seguro se encontrarán también a su cargo.
El tiempo que dure la reparación deberá agregarse a la duración de la garantía original, a fin de que el consumidor goce de 3 meses de garantía del producto a partir de que se encuentre en posesión de él.
Los fabricantes, importadores y vendedores de productos durables, deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de los repuestos y partes del producto.
Si la reparación no resulta satisfactoria porque el producto reparado no quedó en las condiciones óptimas para su uso normal, el consumidor puede:
Los anuncios publicitarios obligan al vendedor a cumplir con lo que allí expresan, y forman parte del contrato con el consumidor. Por eso es muy importante conservar los folletos de ofertas o promociones de los servicios que se contratan.
Cualquier oferta o promoción dirigida a los consumidores, debe ser cumplida por quien la emite, durante el tiempo en que se realice. Debe contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también las modalidades, condiciones o limitaciones.
La factura de compra debe contener:
Debe estar en español, y ser completa, clara y fácilmente legible. Debe ser entregado un ejemplar al comprador.
Es importante pedir y conservar la factura de compra o de servicio ya que es el documento que acredita nuestro vínculo de consumo con la empresa en caso de que necesitemos hacer un reclamo.
Si no cumple con el contrato o con la oferta, el consumidor puede:
Se puede aceptar, en algunos casos y de prestar conformidad el consumidor, en lugar de la devolución del dinero, una nota de crédito para ser utilizada en el comercio.
Todo lo anterior es posible, sin exclusión de iniciar acciones de daños y perjuicios.
Para que estos derechos puedan ser exigidos es muy importante que el consumidor exija siempre el contrato o la oferta por escrito y lo conserve.
No podrá realizar reclamos en determinadas circunstancias
El consumidor no podrá efectuar una queja en los siguientes casos:
Hay determinadas acciones que se realizan a través de contratos de adhesión, esto significa que el contrato fue redactado por el prestador, y el consumidor o usuario solo se limita a adherir a sus condiciones sin poder discutir su contenido ni negociar sus cláusulas. Ejemplo: abrir una cuenta en un banco, obtener una tarjeta de crédito, contratar servicios de medicina prepaga, contratar un servicio de telefonía celular, participar en planes de ahorro para la adquisición de un auto, etc.
Estos contratos, en muchas ocasiones, suelen contener cláusulas abusivas , que son aquellas que implican una ampliación de los derechos a favor del proveedor o una restricción de los derechos del consumidor.
Existen criterios que permiten determinar la abusividad de las cláusulas, fijados por la Ley de Defensa del Consumidor. Ellos son:
Si el consumidor considera que una cláusula es abusiva y eso le impide realizar la contratación, puede comunicarse con la Oficina Municipal de Información al Consumidor para obtener un asesoramiento adecuado.
El prestador de un servicio debe entregarle un presupuesto a la persona interesada, el cual deberá contener:
Si existiere algún costo o servicio adicional necesario para la prestación, y no hubiere sido incluido en el presupuesto, será necesario comunicarlo al consumidor antes de su utilización o realización.
Los servicios prestados por profesionales universitarios que requieran matrícula habilitante no se encuentran regidos por la normativa de defensa del consumidor.
Si concluido el trabajo, aparecen defectos dentro de los 30 días siguientes a la culminación, el prestador se encuentra obligado a corregir todos los defectos sin costo adicional de ninguna especie para el consumidor.
En la garantía del servicio deberá constar, por escrito: